Establecimientos Agropecuarios y Turismo Rural DOBLE PROTECCION
Los destinatarios de esta cobertura son los establecimientos
especializados, por ejemplo, en cultivos de cereales, oleaginosas,
frutales, viñedos, hortalizas y/o tabaco, sistema de producción de
ganado bovino (crÃa invernada y/o tambo), ovino, porcino, granja,
apicultura, avicultura, floricultura, acuicultura, producciones no
tradicionales, turismo rural y actividades agroturÃsticas.
Actividad Agropecuaria
- Incendio, Rayo, Explosión, Descarga eléctrica, y/o Escape de gas.
- Estampida y/o Escape de ganado.
- Daños causados a y por Equipos o Maquinaria propia y de contratistas.
- Daños en ocasión del Transporte, Carga y/o descarga de mercaderÃas.
- Antenas y/o Torres.
- Carteles, Letreros, Montacargas, Grúas, Calderas, etc.
- Hechos privados.
- Extensión de Cobertura a participación en Ferias y/o exposiciones.
- Hechos ocurridos por el uso de Espejos y/o cursos de agua y/o tanques
australianos ubicados en el establecimiento.
- Daños sufridos por contratistas del asegurado.
Turismo Rural
- Daños ocasionados por el desarrollo de actividades recreativas dentro
del establecimiento.
- Daños ocasionados por el suministro de alimentos y bebidas.
- Daños ocasionados por personal de seguridad con armas de fuego.
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