Establecimientos Educativos |
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Establecimientos Educativos Doble Protección es la Cobertura
Integral de Responsabilidad Civil más completa para dar respuesta
ante terceros y alumnos.Ley 24.830 para Establecimientos EducativosLa Ley 24.830, sancionada en el año 1997, introdujo una modificación en uno de los artÃculos del Código Civil (art. 1117), estableciendo que propietarios de establecimientos educativos privados o estatales son responsables directos por los daños causados o sufridos por sus alumnos, cuando se hallen bajo el control de la autoridad educativa. También dicha norma introdujo la obligatoriedad, en la contratación de un seguro de Responsabilidad Civil que ampare lo establecido por la misma.Cobertura integral de Responsabilidad Civil para dar respuesta ante terceros y alumnos.En una única cobertura se integran el tradicional seguro de Responsabilidad Civil Comprensiva y el exigido por la Ley 24.830 para Establecimientos Educativos. De esta forma, la nueva póliza cubre las responsabilidades por los daños que sufran terceros, como consecuencia de hechos ocurridos dentro de las instalaciones donde llevan a cabo sus actividades y, además, las que surjan por daños que causen o sufran los alumnos, mientras se hallen bajo el control de la autoridad educativa, tanto dentro como fuera del establecimiento.Coberturas incluidas sin costo adicional
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