Su patrimonio puede verse afectado no solo por el deterioro de
un bien propio, sino también por la obligación de resarcir a los
terceros por situaciones ajenas a su voluntad y de las cuales puede
resultar legalmente responsable.
Para ello, Crespo Asesores en Seguros cuenta con coberturas de Responsabilidad
Civil que mantienen indemne el patrimonio del Asegurado ante
reclamos de terceros por el desarrollo de su actividad.
Comprensiva: Cobertura para mantener indemne el patrimonio del
Asegurado ante reclamos de terceros por el desarrollo de su
actividad, tales como:
■ Responsabilidad Civil Comercios e Industrias
■ Responsabilidad Civil Clubes
■ Responsabilidad Civil Colegios
■ Responsabilidad Civil Consorcios
■ Responsabilidad Civil Espectáculos y Eventos por daños que sufran
los espectadores
■ Responsabilidad Civil para Contratistas tanto en trabajos dentro
de predios de terceros como en la vÃa pública
■ Responsabilidad Civil Hospitales, Sanatorios, Geriátricos,
Orfanatos o similares |
Riesgos EspecÃficos: Comprende la Responsabilidad Civil por hechos
emergentes de un riesgo especÃfico determinado que surge a partir de
la tenencia, uso, funcionamiento y/o explotación de un determinado
bien o instalación sobre la cual se tiene responsabilidad, tales
como:
■ Responsabilidad Civil Torres/Antenas
■ Responsabilidad Civil Carteles, Letreros
■ Responsabilidad Civil Fuga de Ganado
■ Responsabilidad Civil Embarcación
■ Responsabilidad Civil Ascensores y/o Montacargas
■ Responsabilidad Civil Equipos y/o Maquinarias en Tarea EspecÃfica
■ Responsabilidad Civil Volquetes depositados en la vÃa pública |
Garage y/o Similares: Se cubre la Responsabilidad Civil por daños a
vehÃculos de terceros de cuatro o más ruedas tenidos bajo cuidado,
custodia y/o control y lesiones o muerte de terceros que se
encuentren en las instalaciones del Garage, Cochera, Taller
Mecánico, Lavadero, Estación de Servicios, etc.
Construcción, Refacción, Pintura o Demolición de Edificios: Ampara
la Responsabilidad Civil emergente de la realización de tareas
especificas, cuando los daños sean causados por derrumbe del
edificio en construcción/refacción/demolición, caÃda de objetos,
incendio y/o explosión, cables y descargas eléctricas, carga y
descarga de materiales, abertura de zanjas y prueba de las
instalaciones destinadas a producir, transportar o utilizar vapor
y/o agua caliente. |
Establecimientos Agropecuarios: Destinado a establecimientos
especializados en: cultivos de cereales, oleaginosas, frutales,
viñedos, hortalizas y/o tabaco; sistema de producción de ganado;
granja; apicultura; avicultura; floricultura; acuicultura;
producciones no tradicionales y turismo rural (actividades
agroturÃsticas). La cobertura incluye, entre otros la guarda de
vehÃculos, maquinarias e implementos agropecuarios de terceros a
tÃtulo no oneroso, por incendio, robo y/o hurto total; estampida y/o
escape de animales de su propiedad; animales domésticos;
participación en demostraciones, exhibiciones, ferias, exposiciones;
daños a familiares de empleados, peones o puesteros; etc. |
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